Estatuto de los establecimientos y secciones

  • Todos los establecimientos – públicos, privados bajo contrato y privados – están habilitados para tener Secciones Internacionales, siempre que llenen el pliego de condiciones definido para este dispositivo.
  • Algunos establecimientos sólo tienen Secciones Internacionales; otros ofrecen varios sectores, entre ellos el sector Secciones Internacionales.
  • Las Secciones Internacionales existen actualmente en la enseñanza escolar general (L: literaria; ES: económico social; y S: científica), pero no aún en la formación técnica.
  • Para la enseñanza del programa francés, las normas francesas y del establecimiento interesado se aplican a las familias.
  • En lo que se refiere a la enseñanza del programa del país de la Sección Internacional, algunas Secciones Internacionales son administradas directamente por los países extranjeros asociados, otras por la Educación nacional francesa, y otras en fin por Asociaciones autorizadas (que recurren eventualmente a cotizaciones por parte de las familias).
  • Algunos establecimientos tienen un internado.
  • Las Secciones Internacionales forman parte del sistema escolar francés: según este concepto, se encuentran establecidas en centros escolares franceses y en consecuencia, bajo la autoridad del jefe del establecimiento en cuestión.